DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es un informe preceptivo y determinante, que determinará si procede o no la realización del proyecto y, en su caso, las condiciones en las que puede desarrollarse, las medidas correctoras y las medidas compensatorias.
La Declaración de Impacto Ambiental incluirá, al menos, el siguiente contenido:
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La identificación del Promotor del proyecto y del Órgano sustantivo, y la descripción del proyecto.
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El resumen del resultado del trámite de información pública y de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, y cómo se han tenido en consideración.
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El resumen del análisis técnico realizado por el Órgano ambiental.
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Si proceden, las condiciones que deban establecerse y las medidas que permitan prevenir, corregir y, en su caso, compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente.
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Las medidas compensatorias que deban establecerse en caso de concurrir las circunstancias previstas en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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El Programa de Vigilancia Ambiental.
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Si procede, la creación de una comisión de seguimiento.
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En caso de operaciones periódicas, la motivación de la decisión y el plazo a que se refiere la disposición adicional décima.
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